Se dicta Auto Resolutorio mediante el cual se declara, que existen las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana DANYS LUISA ROMERO DIAZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-10.253.653, Titulo Supletorio sobre unas Bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicado en la Calle Alonzo Díaz Moreno, Casa S/N, de la Parroquia Borburata del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original. Se ordeno también expedir por secretaria copias certificada de las resultas de la presente solicitud que sean menester de la solicitante y dejar copia del auto resolutorio en el copiador de resoluciones autónomas.