En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, de conformidad con los criterios doctrinales y jurisprudencial parcialmente transcritos a lo largo del presente fallo, es por lo que resulta forzoso para quien aquí decide, declarar procedente en derecho el recurso ordinario de apelación ejercido por la actora contra el fallo proferido por el juzgado a quo, lo que de suyo hace que deba declararse parcialmente con lugar la pretensión de daños y perjuicios impetrada, quedando revocada la sentencia de primera instancia y así se dispondrá en forma positiva y precisa en la parte dispositiva de este fallo judicial. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON L.....