Es por ello que este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, y ORDENA remitir copia certificada de: la Sentencia Definitiva N° 2207, de fecha 26 de febrero de 2015, dictada por este Tribunal, de la sentencia N° 00005 emitida por la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 11 de febrero de 2021, del auto de firmeza dictado por este juzgado, en fecha 17 de mayo de 2022 y de la presente sentencia interlocutoria, al Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT) del Municipio Baruta, a los fines de su ejecución. Líbrense oficios.