Encuentra este Órgano Jurisdiccional, conforme a la Gaceta Oficial N° 36.432, publicada en fecha 14-04-1998, que el valor de la Unidad Tributaria era de Bs. 7.400, y de acuerdo a la Resolución N° GRTIRZ-DFC-40-YP-379, de fecha 17-07-1998, confirmada mediante la Resolución N° GJT-DRAJ-A-2001-3188, de fecha 28-12-2001, el valor de la Unidad Tributaria vigente, para el momento en que se cometió la infracción, era de BS 7.400.