este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SUBSANADO el error de copia evidenciado en la sentencia dictada por este juzgado en fecha 2 de agosto de 2013, respecto de los nombres evidenciados en la distribución de las alícuotas de la partición.
Regístrese y publíquese la presente decisión.