En la consulta de Ley prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2013, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana TAIZ COROMOTO LÓPEZ, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO LARA. Esta Corte dictó decisión mediante la cual ORDENÓ a la parte recurrente, remita a esta Corte en el lapso de diez (10) días de despacho, más cuatro (4) días continuos que se le conceden como término de la distancia, las constancias o antecedentes de servicios expedidos de los Organismos de la Administración Pública en los que haya prestado sus servicios como funcionaria, a los fines de determinar la antigüedad para el otorgamiento de la pensión de jubilación