Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte accionada contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha, 09 de diciembre de 2014, que decretó la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida preventiva de suspensión de efectos del Acto Administrativo de efectos particulares N° 00050-2014, de fecha 17 de marzo de 2014, emanado de la Inspectoría del Trabajadores en el Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, incoado por, JHONNY ALEXANDER PUENTE FERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.643.434. TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.