Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la Medida Cautelar solicitada por HOTEL JIRAHARA, C.A., contra la Providencia administrativa N° 00135, de fecha 30 de enero de 2015, dictada en el Procedimiento Administrativo Nro. 005-2014-01-01414 que declaro Con Lugar pago de los Salarios Caídos y la correspondiente indemnización que consagra el artículo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras de la ciudadana de la ciudadana, Alida Coromoto Pérez de Catarí, por verificarse los extremos del Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; potestad otorgada al Juez, conforme lo previsto en el Artículo 4 eiusdem y la aplicación del principio Iuria No.....