Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por el Artículo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos YUDILMA YASMIRA NIEVES y JOSE GREGORIO RAMON LOPEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 15.056.248 y V-14.792.361, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron en fecha 8 de agosto de 2013, ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano G/D "Pedro León Torres del Estado Lara, acta Nº 61, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias certificadas de esta Sentenc.....