DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite totalmente la acusación formulada por la Fiscalía del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de los ciudadanos HUGO JOSE RIVAS BALZA Y ELSY DEL CARMEN LEON ROLDAN, de nacionalidad venezolana, de 46 años de edad, nacido el 01/09/1960 en la localidad de Valera Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° 7.324.054, de estado civil soltero, hijo de Hugo rivas y Cleria Balza, residenciado en la Avenida Moran, Residencias Luis Apartamento 31, Barquisimeto Estado Lara, el primero y la segunda ELSY DEL CARMEN LEON ROLDAN, titular de la.....