IV. DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 03.10.2007 (f. 91), por el abogado Arcenio Antonio Duque Ochoa, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, ciudadanos ANTONIO RAMÓN MATOS y LEOPOLDO COLMENARES GUTIÉRREZ, contra la decisión de fecha 28.09.2007 (f. 84), proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la pretensión de Amparo Constitucional intentada por los ciudadanos ANTONIO RAMÓN MATOS y LEOPOLDO COLMENARES GUTIÉRREZ, contra el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METR.....