Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: CON LUGAR, la aclaratoria solicitada por la parte actora todo ello con motivo de la demanda incoada por el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PEREZ NATION, en contra de la empresa PROCTER & GAMBLE DE VENEZUELA S.C.A, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales.
No hay condena en costas dada la naturaleza de esta decisión.