DECISIÓN
                   En consecuencia se  procede a impartir su HOMOLOGACION al convenimiento de pago, sin menos cabo de algún derecho del trabajador,  a tal efecto, se ordenara el cierre y  archivo del expediente, así como su cierre informático, una vez que conste en autos,  el último de los pagos acordados.
       
                    Igualmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas por la partes,  de conformidad con el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en tal sentido se insta a las partes, debidamente acreditadas en autos, a consignar las copias de lo solicitado,  a fin de realizar  la expedición de las copias certificadas.                                         
                No hay condenatoria en costas    
      
                         Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimi.....