Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Inadmisible la demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), interpuesta por la ciudadana MARIA ROSALIA PEREZ BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.832.075 respectivamente debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 189.413, actuando en su carácter de Endosataria por Procuración del ciudadano ALEX ENRRIQUE PAEZ VARGAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.042.285, en contra del ciudadano GUSTAVO ALEJANDRO SOTELO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.502.259, domiciliado en la ciudad de Valencia del estado Carabobo, por las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Por Falta de Cualidad de la p.....