Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana JOSEFINA REYES LEON, contra la entidad de trabajo LA FUENTE DE ORO, S.A., por cobro de beneficios sociales. En consecuencia, se le condena a pagar la cantidad de SEISCIENTOS MIL VEINTISEIS BOLIVARES CON 00/87 CENTIMOS (Bs. 600.026,87) más lo que resulte del cálculo de los intereses de mora, y de la corrección monetaria, los cuales serán calculados mediante experticia complementaria del fallo.