III
DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano MIGUEL HUMBERTO HURTADO, titular de la cedula de identidad N° 4.582.431, representado judicialmente por los abogados ATILIO AGELVIZ ALARCÓN y KLÉBER ARGENIS AGELVIS PORRAS, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 4.510 y 46.233, respectivamente; contra el acto administrativo del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, por el pago complementario de las prestaciones sociales. En consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA reconocer toda la antigüedad en el servicio de la Administración Pública y a la Docencia dependiente de ese Despacho Ministerial por espacio de 34 años aproximadamente, a .....