DECISION
Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, constituido con jueces asociados, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: NO HA LUGAR EL RECURSO DE QUEJA, interpuesto por la ciudadana Cruz Marlene Yagua, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 12.018.078, debidamente asistida por la abogada Fanny Daniela Martínez, inscrita en el I.P.S.A, bajo el número 279.091, contra la ciudadana Abogada Armina Emelina Meneses Contreras, Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto.