Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO, el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la abogada RAQUEL MENDOZA DE PARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 5.543, actuando en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 011896, de fecha 02 de abril de 2008 emanada de la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.-