Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR la falta de cualidad opuesta por las personas naturales codemandadas ciudadanos NORAIDA ALICIA MARTÍNEZ MORÁN y GIAN FRANCO D¿ ANDREA MARTÍNEZ, venezolanos, de este domicilio, titular de la cédula de identidad números V-5.521.376 V-12.543.784 respectivamente. 2) SIN LUGAR la demanda incoada contra las personas jurídicas "ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO MACARACUAY" inscrita en la Oficina de Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 18.06.1985, bajo el n° 46, Tomo 26, Protocolo Primero, modificado en documento protocolizado la misma Oficina de Registro en fecha 04.11.1987, bajo el n° 07, Tomo 16, Protocolo Primero y la fundación "LEMANJÁ-N" registrada por ante e.....