Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia de Violencia en contra de la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Sin lugar la flagrancia, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el Procedimiento Especial, conforme al artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Se procede a imponer al ciudadano LUIS ENRIQUE CASTELLANO CORDERO, venezolano, con cédula de identidad número V.-12.434.636, la medida de protección y seguridad, solicitada por el Ministerio Público. En todo caso, se le impone la medida de seguridad y protección, contenida en el artículo 87, numeral 6, como lo es la prohibición de realizar actos de acoso en.....