este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO de OPCIÓN A COMPRA VENTA, intentada por el ciudadano JULIO CESAR SILVA ARANGUREN contra la ciudadana VILMA COROMOTO HERNÁNDEZ TIMAURE, previamente identificados.