Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE EL RECURSO DE REGULACIÓN de la COMPETENCIA, planteado en fecha 16 de octubre de 2014, por los abogados abogados Néstor Álvarez Yépez, Jackson Pérez Montaner y Antonio José García Rivero, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 8 de octubre de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por protección de derechos e intereses colectivos. En consecuencia, se declara que debe continuar conociendo el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÖN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.