Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Nº 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por los acusados ANA OCANTO, HERMAGORAS GONZALEZ, JOSÉ RAMÍREZ y CARLOS DÍAZ en contra de la Decisión dictada entre el 29 y 30-10-08, por el Juzgado 10º de Control de este Circuito, mediante la cual fue admitida totalmente la Acusación Fiscal, y declaradas Sin Lugar las excepciones opuestas por la parte recurrente. Queda en consecuencia CONFIRMADA la decisión apelada.