Primero: Declarar su Incompetencia material para conocer y decidir la Demanda Laboral, interpuesta por el abogado Fernando Urea Melchor, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Jorge Ricardo Delgado Machado, ut supra identificados, contra el Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios Aéreos, S.A., (CONVIASA).
Segundo: Declinar la competencia por ante la Jurisdicción Laboral del Estado Vargas, a quien deberá remitirse el expediente judicial, bajo Oficio, ello por las razones expuestas en la motiva del presente fallo.
Tercero: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso de Ley, resulta inoficioso practicar la notificación de las partes. Asimismo, y en acatamiento a lo previsto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Nº 6.286, de fecha 30 de julio de 2008, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de.....