por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: AREVALO JOSE MORALES CANELON y VILMA MARÍA RODRIGUEZ LÓPEZ, por ante la Alcaldía del Municipio Concepción, actualmente Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 1 de Agosto de 1979, anotado bajo el N° 579, folio 239 vto., del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo. Durante la unión matrimonial procrearon 04 hijas, las cuales son mayores de edad. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Queda firme en esta misma fecha.-------------
Dado, firmado y sellado en la Sa.....