SEGUNDA: Las parte, antes identificadas, declaran que una vez que la parte demandada realice la total cancelación del monto convenido por medio del presente documento y se haga la correspondiente homologación del presente convenimiento, la demandada de autos nada adeuda por los conceptos reclamados, y se dará por terminado el presente asunto y solicitaran el archivo del presente expediente.- En caso contrario o de incumplimiento, convenimos y así aceptamos que la misma se tenga como de plazo vencida y se ejecute de manera inmediata, en virtud de que el presente convenimiento se le dé el carácter de Cosa Juzgada.-