ASUNTO: PP01-V-2015-000411
DEMANDANTE: MARÍA YOLANDA GONZÁLEZ MEJÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.564.461.
DEMANDADO: DOMICIO GREGORIO HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.731.302.
MOTIVO: DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
SENTENCIA: DESISTIMIENTO (AUDIENCIA PRELIMINAR DE LA FASE DE MEDIACIÓN).
En el día de hoy, Martes 26 de Enero de 2016, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, y llegada la hora de la misma, procede el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano Marlon Villaverde, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y visto la inc.....