DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ NICOLÁS MARTÍNEZ CELIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.925.504, asistido por la abogada Yendy Maribel Machado Díaz, en contra de la DIRECCIÓN DE LA ZONA EDUCATIVA DEL DISTRITO CAPITAL del Ministerio del Poder Popular para la Educación, por la presunta negativa de dar cumplimiento a la sentencia proferida en fecha 7 de junio de 2013, por el Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declaró Con Lugar la acción de Habeas Data.