DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por el abogado Gustavo José Pinto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 126.185, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha cuatro (04) de julio de 2016, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL
SEGUNDO: CON LUGAR el desalojo del local comercial distinguido con el Nº 32-27 situado en calle 33 entre carreras 32 y 33 de esta ciudad de Barquisimeto, Jurisdicción de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, en consecuenci.....