DISPOSITIVA
Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARAR SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto, por el Abg. CARLOS JOSE CARPIO., actuando en su carácter de Fiscal Nonagésimo (90°) del Ministerio Público, en contra del pronunciamiento Tercero de la audiencia de presentación de fecha 21-02-07, celebrada antes el Juzgado Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual otorgó al ciudadano JAIRO JOSE MORALES, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 256, ordinales 3, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal., y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.