Este Tribunal en vista de que el acuerdo transaccional suscrito por las partes no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, da por concluido el proceso y acuerda agregar a los autos copia fotostática del cheque y del finiquito; asimismo se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos establecidos, dándole efecto de Cosa Juzgada