DISPOSITIVO-
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02 de abril de 2007, por el abogado Heberto Eduardo Roldán López, co-apoderado de la demandada, contra el auto dictado en fecha 30 de noviembre de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: En consideración de todo lo anteriormente expuesto a largo del presente fallo, SE REFORMA EN LOS TÉRMINOS DE ESTA ALZADA el mencionado auto de fecha 30 de noviembre de 2006; el cual cursa a los folios 500 al Vto., del 501, del expediente.
TERCERO: Dada la naturaleza de la sentenc.....