CAPÍTULO V
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA la NULIDAD ABSOLUTA del acta policial, de fecha 19 de Enero de 2010, suscrita por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, cursante al folio 44 al 46 del presente cuaderno de incidencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por violación flagrante del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de haber cesado la violación de derechos constitucionales al momento de la presentación de los ciudadanos QUIROGA CONTRERAS SERGIO EDUARDO y JEFFERSON ANTONI.....