II
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCION DEL PROCESO en el juicio que por Divorcio incoara, el ciudadano RAMON EDUARDO BLANCO ALIENDRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.171.412, presentó demanda por Divorcio, asistido por la abogada CARLA TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 151.368, contra la ciudadana MARLENE MARGARITA FLORES OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.614.535, de este domicilio.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, a las 12.26.....