DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 24 de Enero de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: SE ORDENA al referido Tribunal proceda a fijar oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el articulo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, en un lapso que no debe ser inferior a diez (10) días hábiles; a tal efecto se ordena que previamente debe proceder a la notificación de la parte demandada y sin necesidad de notificar al actor, por cuanto el m.....