(...) DECLARA: PROCEDENTE, la medida preventiva innominada que ha incoado la sociedad mercantil DESARROLLOS GRAN CARACAS, C.A., (bajo la denominación HOTEL ALBA CARACAS), inscrita en el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha seis (06) de junio de 2007, bajo el N° 56, Tomo 746-A-VII, cuya última modificación fue inscrita por ante el mencionado Registro, en fecha veintidós (22) de febrero de 2012, bajo el N° 31, Tomo 12-A-VII, en contra del acto administrativo emanado de la PROVIDENCIA ADMNISTRATIVA DE EFECTOS PARTICULARES CONTENIDA EN LA DECISIÓN N° 0164-12 de fecha treinta (30) de octubre de 2012, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DÍAZ, SEDE CARACAS SUR, solicitada por los abogados DANNY JOSÉ RON ROJAS y JUAN JOSÉ BARRIOS, abogados, inscritos en el IPSA bajo el número 144.815 y 71.290 respectivamente.
No hay condenatoria en costas.-.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del a.....