III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado en el recurso contencioso administrativo funcionarial y medida cautelar de suspensión de efectos del acto impugnado, por la ciudadana GISELA CHAVELY MONTAÑA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº 15.265.023, asistida por el abogado Elam Ustorgio Pacheco, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 104.893, respectivamente, contra la "DIRECCIÓN GENERAL SECTORIAL DE SALUD DEL ESTADO LARA".
1.1.- Se ACUERDA suspender los efectos del acto administrativo contenido en la Notificación Nº DGSS/3796, de fecha 12 de diciembre de 2012, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente asunto, en los términos expresados en la pr.....