Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio intentada por los
ciudadanos Carmen Beatriz Marcano Cañas y Johnny José Rodrigues Goncalves, ya identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, en fecha dieciséis (16) de junio del año dos mil siete (2007).