Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente CORPORACIÓN EDEZCA, C.A., en consecuencia:
i) Se CONFIRMA en todas sus partes la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2010/335-5623, de fecha 17 de diciembre de 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), confirmándose así las sanciones por la cantidad de OCHENTA Y CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTESIMAS (85,99 U.T.), equivalentes a CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.729,45), por concepto de multa por incumplimiento en materia de Impuesto al Valor Agregado, y la cantidad de CIENTO NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS .....