Se declaró INADMISIBLE la presente demanda, por cuanto se determinó que la acción de rendición de cuentas en el presente caso le corresponde a la asamblea de accionistas o a la persona que ésta designe a tal efecto, previo el cumplimiento de las formalidades legales y por cuanto no se observa de autos que la accionante este facultada por la asamblea de accionistas para incoar la acción por rendición de cuentas, ni que haya agotado los requisitos previos para ello establecidos por la ley.