Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos EDUARDO JOSE TARAZONA BETANCOURT y YORMAN BLADIMIR TABAREZ, antes identificados, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos. Asimismo este Tribunal ABSUELVE a los ciudadanos EDUARDO JOSE TARAZONA BETANCOURT y YORMAN BLADIMIR TABAREZ, antes identificados, por los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 278 y 219 ordinal 1º, ambos del Código Penal, respectivamente. Se revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los acusados, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, decretándose su inmedi.....