PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por la Abogada THANIA ESTRADA BARRIOS, actuando en su condición de Defensora del acusado CARLOS DELGADO MENDOZA, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello del Estado Carabobo, en fecha 16 de Septiembre del año 2010, mediante en la cual declaró Sin Lugar la solicitud de Nulidad de la Acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de DENYER ANTONIO GUTIERREZ GUEVARA. SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada.