En mérito de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en base al criterio establecido en el fallo dictado por la Sala, mediante sentencia N° 2673 del 14 de diciembre de 2001, caso: DHL Fletes Aéreos, C.A. en concordancia con lo establecido en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, en la presente demanda de divorcio suscrita por el ciudadano JORGE ELIEZER TOVAR MASCAREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.434.490, contra la ciudadana IRIS DEL VALLE ESCALONA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.440.610. Así decide.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la.....