Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de noviembre de 2022, por los profesionales del derecho JULIO CESAR CHACIN y NESTOR LUÍS MARTÍNEZ ESPINA, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadano EDGAR FRANCISCO DAZA ROMERO, plenamente identificados en el encabezado del presente fallo, contra la sentencia dictada el 16 de noviembre de 2022, por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) sigue la sociedad mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS POLUZZI, C.A., representada por los .....