V
DECISIÓN
Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: PROCEDENTE la corrección del ERROR MATERIAL solicitado por la abogada IRMA ANTONIETA MOLEIRO VIZCAYA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 200.346, en su carácter de co-demandante, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha veintiuno (21) de marzo de 2024, solo en lo que respecta a :DONDE SE LEE: "CHARLHENS ANDREA DE JESÚS ARELLANO MOLEIRO", DEBE LEERSE: "CARLHENS ANDREA DE JESÚS ARELLANO MOLEIRO" y DONDE SE LEE: "MIRIAM SAYAGO DE ARELLANO", DEBE LEERSE: "MIRIAM SAYAGO".
2. SEGUNDO: Téngase la presente, como parte integrante de la sentencia definitiva dictada en fecha veintiuno (21) de marzo de 2024, manteniendo toda .....