Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado WILLIAN GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.600, en su carácter de de Procurador de Trabajadores del Estado Vargas y apoderado judicial del ciudadano ESTEBAN VALENCIA GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 10.634.497, contra el ciudadano LEONARDO MIRALLES CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº 4.351.359, en su carácter de representante legal de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L., (SEDE VARGAS), debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda , bajo el N° 1, Tomo 84-A-Sgdo, en fecha 05 de junio de 1989.