DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la ciudadana ONEILYN YANOIRY SANCHEZ YAMARTE, titular de la cédula de identidad No. V-20.755.716, asistida por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 19.655, parte actora, en contra del acto administrativo contenido en la Resolución No. 099-14 de fecha 13 de octubre de 2014, dictada por el PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: Se SUSPENDEN durante toda la vigencia del presente juicio, los efectos del acto administrativo, contenido en la Resolución No. 099-14 de fecha 13 de octubre de 2014, dictada por el PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA.
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