En consecuencia este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara a los prenombrados ciudadanos GABRIEL EDUARDO MORENO BELLORIN, y a sus hermanos: JUAN GABRIEL MORENO BELLORIN, ANGEL GABRIEL MORENO BELLORIN, GABRIELA YSABEL MORENO BELLORIN,MARIA GABRIELA MORENO BELLORIN,YSABEL TERESA MORENO BELLORIN y GARLENYS DEL CARMEN MORENO BELLORIN, suficientemente identificados con anterioridad, sus derechos como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la decujus ARLENYS TERESA BELLORIN DE MORENO, supra identificado, procediendo de acuerdo a los establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros y así se decide.....