En base a las precedentes consideraciones esta SALA 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR las apelaciones interpuestas por los abogados ELIAS JOSE SUAREZ RIERA y HECTOR PIMENTEL TROCONIS, con el carácter de Fiscal Vigésimo Noveno y Fiscal Décimo, respectivamente, del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: revoca la decisión dictada en la causa N° GP01-P-2008-013435, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11 de Noviembre de 2008, mediante la cual acordó medidas cautelares sustitutivas a los imputados. TERCERO: RESTITUYE LA PLENA VIGENCIA de las Medidas de Privación Judicial Preventiva de la Libertad que les había sido dictada a los imputados EINER JOSE ESCOBAR CASTILLO, GABRIEL JOSE ROMERO PEREZ.....