Este Juzgado Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA IMPROCEDEDENCIA DEL RECURSO POR CADUCIDAD DE LA ACCION en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto, en fecha siete (07) de agosto de dos mil tres (2003)